En BOLETÍN SEMANAL
Entre los protestantes y los romanistas hay una amplia diferencia de opinión acerca del significado del término "justificar": ellos afirman que justificar es hacer intrínsecamente justo y santo a  alguien, nosotros insistimos en que justificar significa solamente pronunciar formalmente o declarar legalmente justo a alguien. El papismo incluye con la justificación la renovación de la naturaleza moral del hombre o la liberación de la corrupción, así confunden la justificación con la regeneración y la santificación. Contrariamente, todos los protestantes han mostrado que la justificación no se refiere a un cambio de tipo moral, sino a un cambio de estado legal.

 Ser librados de la sentencia de condenación de la Ley Divina es la bendición fundamental de la salvación de Dios: mientras continuamos bajo la maldición, no podemos ser ni santos ni felices. Pero en cuanto a la naturaleza precisa de esta liberación, cuando nos preguntamos sobre en que consiste exactamente , sobre que fundamento es obtenida, y por que medios es asegurada, existe en la actualidad mucha confusión. La mayoría de los errores que se han generalizado sobre este tema surgieron de la falta de una clara observación del asunto en sí mismo, y hasta que entendamos verdaderamente lo que la justificación es, no estamos en posición ni de afirmar ni de negar algo con respecto a ella. Por ello estimamos necesario dedicar un capítulo entero a una cuidadosa definición y explicación de esta palabra «justificación», esforzándonos en mostrar lo que significa, y lo que no significa.

  Entre los protestantes y los romanistas hay una amplia diferencia de opinión acerca del significado del término «justificar»: ellos afirman que justificar es hacer intrínsecamente justo y santo, nosotros insistimos en que justificar significa solamente pronunciar formalmente o declarar legalmente justo a alguien. El papismo incluye con la justificación la renovación de la naturaleza moral del hombre o la liberación de la corrupción, así confunden la justificación con la regeneración y la santificación. Contrariamente, todos los protestantes representativos han mostrado que la justificación no se refiere a un cambio de tipo moral, sino a un cambio de estado legal; aunque reconociendo, ciertamente, declarando con firmeza, que un cambio radical de carácter invariablemente acompaña a la justificación. Es un cambio legal desde un estado de culpabilidad y condenación a un estado de perdón y aceptación; y este cambio es debido exclusivamente a un acto gracioso [es decir de la gracia] de Dios, basado sobre la justicia de Cristo siendo imputada a Su pueblo (no teniendo ellos ninguna propia).

  «Nosotros explicamos a la justificación simplemente como una aceptación por la cual Dios nos recibe en Su favor y nos estima como personas justas; y decimos que ella consiste en la remisión [o perdón] de los pecados y la imputación de la justicia de Cristo… La justificación, por lo tanto, no es otra cosa que una absolución de culpabilidad de aquel que fue acusado, como si su inocencia hubiese sido probada. Ya que Dios, por lo tanto, nos justifica por la mediación de Cristo, Él nos exculpa, no por un reconocimiento de nuestra inocencia personal, sino por una imputación de justicia; de manera que, quienes somos injustos en nosotros mismos, somos considerados como justos en Cristo» (Juan Calvino, 1559).

  «Qué es la justificación? Respuesta: la justificación es un acto de Dios de libre gracia hacia los pecadores, en el cual Él perdona todos sus pecados, acepta y considera justa a sus personas delante de Sus ojos; no por alguna cosa producida en ellos, o hecha por ellos, sino solamente por la perfecta obediencia y la completa satisfacción [el pago o la reparación] de Cristo, imputadas por Dios a ellos, y recibidas por la fe sola» (Catecismo de Westminster, 1643).

  «Así definimos la justificación de un pecador conforme al Evangelio: Es un judicial, pero gracioso acto de Dios, por el cual el pecador escogido y creyente es absuelto de la culpa de sus pecados, y adquiere un derecho a la vida eterna concedido a él, a causa de la obediencia de Cristo, recibida por fe» (H. Witsius, 1693).

  «Se dice que una persona es justificada cuando ella es considerada por Dios como libre de la culpa del pecado y su merecido castigo; y como teniendo aquella justicia perteneciéndole eso le da derecho a la recompensa de la vida» (Jonathan Edwards, 1750).
  La justificación, entonces, no se refiere a algún cambio subjetivo producido en la actitud de una persona, sino que es exclusivamente un cambio objetivo en su posición en relación a la ley. Que la justificación es imposible que pueda significar hacer a una persona justa o buena intrínsecamente [por lo que es por sí misma] es más claramente visto a partir del uso del término en sí en la Escritura. Por ejemplo, en Proverbios 17:15 leemos, «El que justifica al impío, y el que condena al justo, ambos son igualmente abominación a Jehová»: ahora bien obviamente quien cambia a un «impío» haciéndolo una persona justa está lejos de ser una «abominación a Jehová,» pero el que a sabiendas dice que una persona impía es justa es aborrecible a Él.

  También; en Lucas 7:29 leemos, «Y todo el pueblo oyéndole, y los publicanos, justificaron a Dios»: cuan imposible es hacer que las palabras «justificaron a Dios» signifique alguna transformación moral de Su carácter; pero aquellas palabras deben ser entendidas como que ellos declararon que Él es justo, y toda ambigüedad es quitada. Una vez más, en 1 Timoteo 3:16 se nos dice que el Hijo encarnado fue «justificado en (o «por») el Espíritu»: es decir, Él fue públicamente reivindicado en Su resurrección, declarado inocente ante las denuncias blasfemas con que los judíos le acusaron.

  La justificación trata solamente del aspecto legal de la salvación. Es un término judicial, una palabra de los tribunales de justicia. Es la sentencia de un juez sobre una persona que ha sido traída delante de él para ser juzgada. Es aquel acto de la gracia de Dios como Juez, en la elevada corte del cielo, por el cual Él dictamina que un pecador escogido y creyente es libertado de la penalidad de la ley, y totalmente restaurado al favor divino. Es la declaración de Dios de que la parte acusada está totalmente de acuerdo a la ley; la justicia lo exculpa porque la justicia ha sido satisfecha. Así, la justificación es aquel cambio de estado por el cual uno, que siendo culpable delante de Dios, y por lo tanto bajo la sentencia condenatoria de Su Ley, y merecedor de nada excepto de un eterno apartamiento de Su presencia, es recibido en su favor y se le da un derecho a todas las bendiciones que Cristo ha adquirido para Su pueblo, por Su perfecta satisfacción [reparación o pago].

  En demostración de la definición dada, el significado del término «justificar» puede ser determinado, primero, por su uso en las Escrituras. «Entonces dijo Judá: ¿Qué diremos a mi señor? ¿qué hablaremos? ¿o con qué nos justificaremos? » (esta palabra hebrea «tsadag» siempre significa «justificar») (Gén. 44:16). Aquí tenemos un asunto que era enteramente judicial. Judá y sus hermanos fueron llevados para comparecer delante del gobernador de Egipto, y estaban preocupados sobre como podrían obtener una sentencia en su favor. «Si hubiere pleito entre algunos, y acudieren al tribunal para que los jueces los juzguen; éstos absolverán [o justificarán] al justo y condenarán al culpable» (Deut. 25:1). Aquí nuevamente vemos claramente que el término es de tipo legal, usado en conexión con los procedimientos de los tribunales legales, implicando un proceso de investigación y juicio. Dios puso aquí una regla para regir a los jueces en Israel: ellos no debían «justificar» o dictar una sentencia en favor del culpable: comparar 1 Reyes 8:31, 32.

  «Si yo me justificare, me condenará mi boca; si me dijere perfecto, esto me hará inicuo» (Job 9:20): la primer parte de esta frase es explicada en la segunda –»justificar» allí no puede significar hacer santo, sino pronunciar una sentencia en mi propio favor. «Entonces Eliú… se enojó con furor contra Job… por cuanto justificaba su vida más que a Dios» (Job 32:2), lo que obviamente significa, por cuanto él se declaraba sin culpa a sí mismo más que a Dios. «Porque seas reconocido justo en tu palabra, y tenido por puro en tu juicio» (Sal 51:4), lo que significa que Dios actuando en Su función judicial, podría ser declarado justo en dictar sentencia. «Mas la sabiduría es justificada por sus hijos» (Mat. 11:19), lo que significa que los que son realmente regenerados por Dios han considerado la sabiduría de Dios (que los escribas y fariseos consideraban necedad) ser, como realmente es, perfecta sabiduría: ellos le quitaron la calumnia de ser locura.

  2. La fuerza precisa del término «justificar» puede ser determinada notando que éste es la antítesis de «condenar.» Ahora bien, condenar no es un proceso por el cual un buen hombre es hecho malo, sino que es la sentencia de un juez sobre uno porque es un transgresor de la ley. «El que justifica al impío, y el que condena al justo, ambos son igualmente abominación a Jehová» (Prov. 17:15 y ver también Deut. 25:1). «Porque por tus palabras serás justificado, y por tus palabras serás condenado» (Mat. 12:37). «Dios es el que justifica. ¿Quién es el que condenará?» (Rom. 8:33, 34). Ahora es innegable que la «condenación» es el dictado de una sentencia contra una persona para la cual la pena establecida por la ley le es asignada y es preparada para ser aplicada sobre ella; por consiguiente la justificación es el dictado de una sentencia en favor de una persona, por la cual la recompensa establecida por la ley es preparada para serle otorgada.

  3. Que la justificación no es un cambio experimental desde la pecaminosidad a la santidad, sino un cambio judicial desde la culpabilidad a la no condenación puede ser evidenciado por los términos equivalentes utilizados. Por ejemplo, en Romanos 4:6 leemos, «Como también David dice ser bienaventurado el hombre al cual Dios atribuye justicia sin obras»: así que la «justicia» legal no es una conducta implantada en el corazón, sino un regalo cedido a nuestra cuenta. En Romanos 5:9, 10 ser «justificados por la sangre de Cristo» es lo mismo que ser «reconciliados por Su muerte,» y la reconciliación no es una transformación de carácter, sino el obtener la paz por la remoción de todo lo que causa ofensa.

  4. A partir del hecho de que el aspecto judicial de nuestra salvación es propuesto en las Escrituras bajo las figuras de un juicio en un tribunal de justicia y una sentencia. «(1) Se supone un juicio, sobre el cual el salmista implora que este no se desarrolle de acuerdo con la ley: Salmo 143:2. (2) El Juez es Dios mismo: Isaías 50:7, 8. (3) El tribunal donde Dios está sentado para el juicio es el trono de la gracia: Hebreos 4:16. (4) Una persona culpable. Ella es el pecador, quien es tan culpable de pecado como para ser abominable ante el juicio de Dios: Romanos 3:18. (5) Los acusadores están listos para plantear e impulsar las acusaciones contra la persona culpable; éstos son la ley (Juan 5:45), la conciencia (Rom. 2:15), y Satanás: Zacarías 3:2, Apocalipsis 12:10. (6) La acusación es admitida y redactada en un ‘acta’ en forma de ley, y es puesta para el veredicto del infractor delante del tribunal del Juez, en la baranda que está alrededor de Él: Colosenses 2:14. (7) Se prepara una defensa en el Evangelio en favor de la persona culpable: esta es la gracia, a través de la sangre de Cristo, el rescate pagado, la eterna justicia traída por el Fiador [o Garante] del pacto: Romanos 3:23, 25, Daniel 9:24. (8) A Él solo acude el pecador, renunciando a toda otra disculpa o defensa cualquiera sean: Salmos 130:2, 3; Lucas 18:13. (9) Para hacer eficaz esta súplica tenemos un abogado con el Padre, y Él presenta Su propia propiciación [lo que nos hace propicios o aceptos ante Dios] por nosotros: 1 Juan 2:1, 2. (10) La sentencia acerca de esto es la absolución, a causa del sacrificio y la justicia de Cristo; con la aceptación en el favor, como personas aprobadas por Dios: Romanos 8:33, 34; 2 Corintios 5:21» (John Owen).

  En base a lo que hemos visto, podemos percibir lo que la justificación no es. Primero, ella es distinta de la regeneración. «a los que llamó, a éstos también justificó» (Rom. 8:30). Aunque conectados inseparablemente, el llamamiento eficaz o el nuevo nacimiento y la justificación son bastante distintos.   La una nunca está separada de la otra, aunque ellas no deben ser confundidas. En el orden natural la regeneración precede a la justificación.

  Segundo, ella difiere de la santificación. La santificación es moral o experimental, la justificación es legal o judicial. La santificación resulta de la operación del Espíritu en mí, la justificación está basada en lo que Cristo ha hecho por mí. Una es gradual y progresiva, la otra es instantánea e inmutable. Una admite grados, y nunca es perfecta en esta vida; la otra es completa y no admite adición. Una tiene que ver con mi estado, la otra tiene que ver con mi posición delante de Dios. La santificación produce una transformación del carácter, la justificación es un cambio de status [estado] legal: es un cambio desde la culpa y condenación al perdón y aceptación, y esto solamente por un acto de gracia de parte de Dios, fundado sobre la imputación de la justicia de Cristo, por medio del instrumento de la fe solamente. Aunque la justificación está totalmente diferenciada de la santificación, sin embargo la santificación siempre la acompaña.

  Tercero, ella difiere del perdón. En algunas cosas concuerdan. Solamente Dios puede perdonar pecados (Marcos 2:7) y sólo Él puede justificar (Romanos 3:30). Su libre gracia es la única causa impulsora en uno (Efesios 1:7) y de la otra (Romanos 3:24). La sangre de Cristo es la causa que adquiere ambos por igual: Mateo 26:28, Romanos 5:9. Los objetos son los mismos: las personas que son perdonadas son justificadas, y las mismas que son justificadas son perdonadas; a quienes Dios imputa la justicia de Cristo para su justificación Él les da la remisión [o el perdón] de pecados; y a quienes Él no inculpa de pecado, sino que les perdona, a ellos les atribuye justicia sin obras (Romanos 4:6-8). Ambos son recibidos por fe (Hechos 26:18, Romanos 5:1). Pero aunque concuerdan en estas cosas, en otras se diferencian.

  De Dios se dice ser «justificado» (Rom. 3:4), pero sería blasfemo hablar de Él como siendo «perdonado» –esto muestra inmediatamente que las dos cosas son diferentes. Un criminal podría ser perdonado, pero solamente una persona justa puede ser realmente justificada. El perdón trata solamente con los actos de un hombre, la justificación con el hombre en sí. El perdón considera a los pedidos de clemencia, la justificación a los de justicia. El perdón solamente libra de la maldición causada por el pecado; la justificación además de eso otorga un derecho al cielo. La justificación se aplica al creyente con respecto a las demandas de la ley, el perdón con respecto al Autor de la ley. La ley no perdona, ya que ella no admite aflojamiento; sino que Dios perdona las transgresiones de la ley en Su pueblo proveyendo una satisfacción [el pago o la reparación] a la ley adecuada a sus transgresiones. La sangre de Cristo fue suficiente para proporcionar el perdón (Efesios 1:7), pero Su justicia es necesaria para la justificación (Romanos 5:19). El perdón quita las sucias prendas, pero la justificación provee un cambio de vestimentas (Zacarías 3:4). El perdón libera de la muerte (2 Sam. 12:13), pero la justicia imputada es llamada «justificación de vida» (Rom. 5:18). Uno ve al creyente como completamente pecador, la otra como completamente justo. El perdón es la remisión [o absolución] del castigo, la justificación es la declaración de que no existe fundamento para imponer castigo. El perdón puede ser repetido hasta setenta veces siete, la justificación es de una vez para siempre.

  De lo que se ha dicho en el último párrafo, podemos ver que es un serio error limitar la justificación al mero perdón de pecados. Así como la «condenación» no es la ejecución del castigo, sino mas bien la declaración formal de que el acusado es culpable y digno de castigo; así la «justificación» no es meramente la remisión [o absolución] de castigo sino el anuncio judicial de que el castigo no puede ser aplicado con justicia –siendo el acusado plenamente conformado a todos los requerimientos positivos de la ley como resultado de la perfecta obediencia de Cristo que ha sido legalmente puesta en su cuenta. La justificación de un creyente no es otra que su admisión a la participación en la recompensa merecida por su Fiador [Garante]. La justificación es nada más ni nada menos que la justicia de Cristo siendo imputada a nosotros: la bendición negativa que de allí emana es la no inculpación de pecados; la positiva, un derecho a la herencia celestial.

  Bellamente se ha señalado que «No podemos separar de Emanuel Su propia excelencia esencial. Podemos verle herido y dado como incienso molido para el fuego, ¿pero fue alguna vez el incienso quemado sin fragancia, y siendo solamente la fragancia el resultado? El nombre de Cristo no solamente anula el pecado, este provee en el lugar de aquello que fue anulado, su propia excelencia eterna. No podemos sólo tener su poder nulificante; lo otro es el seguro acompañante. Así era con cada sacrificio típico de la Ley. Éste era herido: pero como siendo sin defecto era quemado sobre el altar para un olor fragante. El olor ascendía como un memorial delante de Dios: éste era aceptado por Él, y su valor era atribuido o imputado a quien había traído la víctima substituta. Si por lo tanto, rechazamos la imputación de justicia, rechazamos al sacrificio como es revelado en las Escrituras; ya que las Escrituras no conoce de sacrificio cuya eficacia sea tan agotada en la eliminación de la culpa como para no dejar nada que pueda ser presentado en aceptabilidad delante de Dios» (B.W. Newton).

  «¿Qué es poner nuestra justicia en la obediencia de Cristo, sino sostener que somos considerados justos solamente porque Su obediencia es aceptada por nosotros como si fuera propia nuestra? Por lo cual Ambrosio me parece que ha ejemplificado muy bellamente esta justicia en la bendición de Jacob: así como él, que no tenía por su propia cuenta derecho a los privilegios de la primogenitura, estando disimulado con las costumbres de su hermano, y vestido con sus ropas, que esparcieron un perfume muy excelente, lo llevaron a obtener el favor de su padre, así él pudo recibir la bendición para su propio provecho, bajo el carácter de otro, de ese modo nos resguardamos nosotros bajo la preciosa pureza de Cristo» (Juan Calvino).

Extracto del libro: «la justificación» de A. W. Pink

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